PREGUNTAS FRECUENTES : Equipaje y mascotas
Preguntas
- ¿Se pueden transportar bicicletas, tablas de surf, esquís, instrumentos musicales?
Si quieres transportar tu equipaje especial (bicicletas, tablas de surf, esquís, etc.) en nuestros servicios recuerda que:
- La posibilidad de transportar este tipo de objetos se verá supeditada a la disponibilidad de espacio en el maletero del vehículo.
- El máximo de unidades que se podrán transportar por vehículo será de tres, no pudiendo transportar más de una por viajero.
- Deberás embalar correctamente tu equipaje especial para evitar deteriorar o ensuciar el equipaje del resto de pasajeros, así como preservar el estado del tuyo. En el caso de las bicicletas, además de embalarlas, deberás llevarlas con la rueda delantera desmontada.
- Deberás presentarte al embarque con una antelación mínima de diez minutos sobre la hora estimada de salida.
Para transportar tu equipaje especial en nuestros servicios de largo recorrido deberás facturarlo en el momento de adquisición del billete, por lo que tendrás que abonar la tarifa especial que se indica durante el proceso de compra en la página web www.monbus.es.
Por otro lado, si quieres transportar tu equipaje especial en nuestros servicios de corto recorrido deberás hacer una reserva a través del correo info@monbus.es o en el teléfono de atención al cliente 900 92 91 92.
En ambos casos, si al llegar al embarque se comprobase que no hay espacio en el maletero para transportar alguno de estos objetos, la empresa adoptará las medidas oportunas para trasladarlo en el siguiente servicio en el que haya espacio disponible, sin que tengas derecho a indemnización de ningún tipo por este cambio.
- ¿Cuál es el peso y el tamaño máximo permitido para el equipaje convencional?
La compra de un billete te da derecho a transportar gratuitamente dos piezas de equipaje (maleta, mochila o bolso de viaje) siempre y cuando tengan unas dimensiones inferiores a medio metro cúbico, y no superen en su conjunto los 30 kg., quedando excluidos los equipajes especiales que deberás facturar de forma independiente abonando la tarifa correspondiente.
- ¿Puede viajar mi mascota en el autobús?
Sí, siempre y cuando se cumplan los requisitos que se establecen en las Condiciones Generales del servicio de transporte que podrás consultar en el proceso de compra. En todo caso es importante que sepas que:
- No está permitido el transporte de animales en el habitáculo de los viajeros a excepción de los perros de asistencia a personas con discapacidad o personas con trastornos diabéticos o epilépticos siempre y cuando cumpla con los términos contemplados en el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
- Las mascotas siempre deberán viajar en el mismo servicio en que lo haga su dueño.
- Únicamente se admitirá una mascota por billete / viaje.
- Tu mascota deberá viajar en el maletero del vehículo y en el interior de una jaula o transportín debidamente homologada.
- El transporte del animal se realizará bajo la responsabilidad de su dueño.Si deseas obtener más información sobre los requisitos exigidos consulta las Condiciones Generales del servicio de transporte.
En servicios urbanos y metropolitanos este reglamento estará supeditada a la normativa municipal.
- ¿Viajará segura mi mascota en la bodega?
En la bodega del autocar los animales viajan seguros, si bien has de tener en cuenta que su transporte se realizará bajo tu entera responsabilidad, y que tendrás que viajar en el mismo servicio. Asimismo tienes que presentarla al embarque en perfectas condiciones de higiene y físicas, y en el interior de una jaula o transportín debidamente homologada al efecto, exonerando a la empresa transportista de cualquier daño que pudiera sufrir la mascota durante el transporte.
En ocasiones puede ser recomendable la sedación del animal para minimizar las situaciones de estrés durante el viaje.
¿Es posible alimentar a los animales que viajen en bodega cuando el vehículo realice una parada técnica?
Sí, tan solo debes solicitar al conductor la apertura del maletero para poder acceder a la jaula o transportín del animal. Es recomendable en estos casos, ubicar la jaula o transportín en un lugar donde sea fácilmente accesible durante las paradas.
- ¿Se pueden transportar vehículos de movilidad personal (VMP) en el bus?
Queda prohibido el acceso a los vehículos de las distintas empresas adheridas a Monbus con bicicletas y patinetes eléctricos, así como cualquier otro dispositivo de movilidad dotado de baterías eléctricas, con la única excepción de los vehículos de personas con movilidad reducida. Esta decisión se adopta por motivos de seguridad y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89.3 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres y el artículo 11. 2 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.